Tuesday, November 11, 2008

Resolución General 8/2008 - Comisión Arbitral - Convenio Multilateral

Resolución General 8/2008 - Comisión Arbitral - Convenio Multilateral - Amortización de Bienes de Uso


A los efectos de determinar el coeficiente de gastos conforme a las disposiciones del artículo 2 del Convenio Multilateral, la distribución de la amortización de bienes de uso deberá efectuarse en proporción a los ingresos que se atribuyan exclusivamente a cada una de las jurisdicciones donde ellos son utilizados, en el ejercicio comercial que sirve de base para el cálculo del coeficiente respectivo.

Las disposiciones de la presente resolución serán de aplicación para la determinación de los coeficientes que se apliquen a partir del período fiscal 2009.

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